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![]() ![]() 1. Decreto 42. 21/01/2026 Ministerio de Justicia y del Derecho Se sustituye y adiciona el contenido del Decreto 1069 de 2015, Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho en lo relacionado con Métodos Alternativos de Solución de Conflictos para añadir definiciones, modificar los objetivos y funciones específicas, además de los servicios prestados en las Casas de Justicia, y modificar también la determinación de las entidades participantes del programa con sus respectivas funciones, los métodos alternativos de solución de conflictos, el Sistema Nacional de Conciliación; así como también, adicionar los lineamientos para la inspección, vigilancia y control a centros y entidades que integran este sistema e impartir nuevas disposiciones relacionadas con los asuntos contencioso administrativos, a la vez que se establecen comisionados en los procesos relacionados y las tarifas administrativas correspondientes. MÉTODOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS. // "POR MEDIO DEL CUAL SE SUSTITUYE Y MODIFICA EN FORMA PARCIAL EL DECRETO 1069 DE 2015, ÚNICO REGLAMENTARIO DEL SECTOR JUSTICIA Y DEL DERECHO EN LO RELACIONADO CON MÉTODOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS." Si eres Suscriptor haz clic en el siguiente botón¿No eres Vinculado a CETA? haz clic en el siguiente enlace![]() ![]() 2. Resolución 52. 14/01/2026 Superintendencia Financiera de Colombia Se certifican las tasas de interés de captación más representativas del mercado y la tasa comercial promedio de captación del sistema financiero del periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2025, previstas en los artículos 38, 39, 40, 40-1, 81 y 81-1 del Estatuto Tributario Nacional, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 29 del Decreto 19 de 2012. INTERESES. // “POR LA CUAL SE CERTIFICAN LAS TASAS DE INTERÉS DE CAPTACIÓN Y DE COLOCACIÓN MÁS REPRESENTATIVAS DEL MERCADO Y LA COMERCIAL PROMEDIO DE CAPTACIÓN DEL SISTEMA FINANCIERO, CORRESPONDIENTES AL AÑO 2025”. Si eres Suscriptor haz clic en el siguiente botón¿No eres Vinculado a CETA? haz clic en el siguiente enlace![]() ![]() 3. Resolución 3. 30/01/2026 Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN- Se sustituyen los artículos 1.2.1.1.1 y 1.2.1.1.2 de la Resolución 227 de 2025 (RUE-TAC), para parametrizar la determinación de la base y establecer nuevas tarifas al impuesto nacional a la Gasolina y al ACPM, y al impuesto al carbono, que empezarán a regir a partir del 1 de febrero del año 2026. IMPUESTO NACIONAL A LA GASOLINA Y AL ACPM E IMPUESTO NACIONAL AL CARBONO. / TARIFAS. // “POR MEDIO DE LA CUAL SE SUSTITUYEN LOS ARTÍCULOS 1.2.1.1.1. Y 1.2.1.1.2. DE LA SECCIÓN 1 DEL CAPÍTULO 1 DEL TÍTULO 2 DE LA PARTE 1 DE LA RESOLUCIÓN 227 DE 2025, PARA AJUSTAR LAS TARIFAS DEL IMPUESTO NACIONAL A LA GASOLINA Y AL ACPM, Y DEL IMPUESTO NACIONAL AL CARBONO”. Si eres Suscriptor haz clic en el siguiente botón¿No eres Vinculado a CETA? haz clic en el siguiente enlace![]() ![]() 4. Carta Circular. Se informa a los representantes legales, miembros de junta directiva, revisores fiscales y contralor normativo de entidades sometidas a la inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia el índice de bursatilidad para cada una de las acciones que se negocian en bolsa de valores correspondiente al año 2025. ÍNDICE DE BURSATILIDAD ACCIONARIA PARA EL AÑO DE 2025. // DESTINATARIOS: REPRESENTANTES LEGALES, MIEMBROS DE JUNTA DIRECTIVA, REVISORES FISCALES Y CONTRALOR NORMATIVO DE ENTIDADES SOMETIDAS A LA INSPECCIÓN Y VIGILANCIA DE LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA. ![]() ![]() 5. Proyecto de Decreto. Se modificaría el artículo 1.3.2.1.8 del DUT (Decreto 1625 de 2016), para determinar un tratamiento especial frente al anticipo del impuesto sobre la renta por los pagos o abonos en cuenta realizados por medio de tarjetas de crédito y/o débito. PROYECTO DE DECRETO. // RETENCIÓN EN LA FUENTE. // SE PROPONE MODIFICAR EL DECRETO ÚNICO REGLAMENTARIO EN MATERIA TRIBUTARIA (DUT) EN RELACIÓN CON LA ELIMINACIÓN DE LA RETENCIÓN PARA PAGOS CON TARJETA DÉBITO Y CRÉDITO. ![]() ![]() 6. Proyecto de Decreto. Se propone sustituir algunos artículos del DUT (Decreto 1625 de 2016), con el propósito de establecer el ajuste del costo de los activos fijos y el factor de ajuste para la determinación de la renta y ganancia ocasional por activos fijos enajenados y acciones o aportes sociales, aplicable al año gravable 2025. PROYECTO DE DECRETO. // RENTA. // ACTIVOS FIJOS. // SE PROPONE SUSTITUIR LA NORMATIVA PARA AJUSTAR EL COSTO DE LOS ACTIVOS FIJOS. // “POR EL CUAL SE REGLAMENTAN LOS ARTÍCULOS 70 Y 73 DEL ESTATUTO TRIBUTARIO Y SE SUSTITUYEN LOS ARTÍCULOS 1.2.1.17.20. Y 1.2.1.17.21. DEL CAPÍTULO 17 TÍTULO 1 DE LA PARTE 2 DEL LIBRO 1 DEL DECRETO 1625 DE 2016, ÚNICO REGLAMENTARIO EN MATERIA TRIBUTARIA, PARA AJUSTAR EL COSTO DE LOS ACTIVOS FIJOS. ![]() ![]() 7. Proyecto de Decreto. Se modificarían ciertos artículos del capítulo 3, “De la circulación de la factura electrónica de venta cómo título valor” del Decreto 1074 de 2015, Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo para establecer nuevos lineamientos relacionados con la aceptación de las facturas electrónicas de venta como título valor, en cumplimiento de la normativa del Código de Comercio. PROYECTO DE DECRETO. // FACTURA ELECTRÓNICA COMO TÍTULO VALOR. // SE PROPONE MODIFICAR LOS ARTÍCULOS 2.2.2.53.3., 2.2.2.53.4. Y 2.2.2.53.12. DEL CAPÍTULO 53 DEL TÍTULO 2 DE LA PARTE 2 DEL LIBRO 2 DEL DECRETO 1074 DE 2015, ÚNICO REGLAMENTARIO DEL SECTOR COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO, REFERENTE A LA CIRCULACIÓN DE LA FACTURA ELECTRÓNICA DE VENTA COMO TÍTULO VALOR, Y DICTAR OTRAS DISPOSICIONES. // ACEPTACIÓN DE LA FACTURA ELECTRÓNICA DE VENTA COMO TÍTULO VALOR. // INFORME PARA EL PAGO.
![]() ![]() 8. Proyecto de Decreto. Se modificaría el Decreto 2555 de 2010, en lo relativo al régimen de inversión en activos en el exterior de los fondos de pensiones obligatorias, mediante la adición de los artículos 2.6.12.1.17 y 2.6.12.1.28, con el fin de establecer el límite global de inversión en el exterior y el plazo de transición para su aplicación. PROYECTO DE DECRETO. // FONDOS DE PENSIONES OBLIGATORIAS. // SE PROPONE MODIFICAR LA NORMA DE INVERSIÓN DE ACTIVOS FIJOS EN EL EXTERIOR DE LOS FONDOS DE PENSIONES OBLIGATORIAS. // “POR EL CUAL SE MODIFICA EL DECRETO 2555 DE 2010, EN LO RELACIONADO CON EL RÉGIMEN DE INVERSIÓN EN ACTIVOS EN EL EXTERIOR DE LOS FONDOS DE PENSIONES OBLIGATORIAS”. ![]() ![]() 9. Comunicado de prensa. Mediante comunicado de prensa, la Corte Constitucional informa la suspensión del Decreto Legislativo 1390 de 2025, por medio del cual se declaró el Estado de Emergencia Económica y Social a nivel nacional. Asimismo, la Corte dispuso que el Decreto Legislativo 1474 de 2025 no producirá efectos, mientras se profiere una decisión de fondo. AUTO 082 DE 2026 DE LA CORTE CONSTITUCIONAL. // LA CORTE SUSPENDE PROVISIONALMENTE EL DECRETO 1390 DE 2025 “POR EL CUAL SE DECLARA EL ESTADO DE EMERGENCIA ECONÓMICA Y SOCIAL EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL”, MIENTRAS SE PROFIERE UNA DECISIÓN DE FONDO. ![]() ![]() 10. Concepto. Se analiza y da respuesta a la solicitud de reconsideración de un concepto que hace referencia al parágrafo 2 del artículo 771-2 del Estatuto Tributario, relacionado con su aplicabilidad en los casos de transacciones económicas realizadas con personas no obligadas a facturar electrónicamente y con la expedición de los documentos necesarios para su soporte. PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO. // DOCUMENTO SOPORTE EN ADQUISICIONES EFECTUADAS A SUJETOS NO OBLIGADOS A EXPEDIR FACTURA DE VENTA O DOCUMENTO EQUIVALENTE (DSNO). // COSTOS Y DEDUCCIONES REALIZADOS EN AÑO O PERIODO DIFERENTE A SU DOCUMENTO SOPORTE.// EL PARÁGRAFO 2 DEL ARTÍCULO 771-2 DEL ET., RESULTA APLICABLE EN LAS OPERACIONES SOPORTADAS CON EL DSNO. // SE RECONSIDERA LA TESIS JURÍDICA DEL CONCEPTO DIAN NO. 008129 (INT. 935) DEL 24 DE JUNIO DE 2025. ![]() ![]() 11. Concepto. Se resuelven dudas de carácter procedimental surgidas a raíz de la expedición del Decreto Legislativo 1474 del 29 de diciembre de 2025, por medio del cual se adoptaron medidas, pero también beneficios de reducción transitoria de sanciones e intereses moratorios sobre las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias que administra la DIAN, con el fin de atender la emergencia económica declarada el 22 de diciembre del mismo año. CONCEPTO GENERAL SOBRE LAS MEDIDAS TEMPORALES TRIBUTARIAS DISPUESTAS EN LOS ARTÍCULOS 20 A 23 DEL DECRETO LEGISLATIVO 1474 DE 2025. // REDUCCIÓN TRANSITORIA DE SANCIONES E INTERESES MORATORIOS. // REDUCCIÓN TRANSITORIA DE SANCIONES E INTERESES MORATORIOS POR OMISIÓN O CORRECCIÓN DE DECLARACIONES. // SUBSANACIÓN POR INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FORMALES. // CONCILIACIÓN CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA EN MATERIA TRIBUTARIA, ADUANERA Y CAMBIARIA.
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